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ANEXO I SUSTANCIAS PROHIBIDAS Para una sustancia prohibida (ver lista debajo) que puede ser producida naturalmente por el organismo, una muestra se considerará positiva a esta sustancia cuando la concentración de la sustancia o de sus metabolitos y/o rastros en los tejidos o líquidos del organismo del atleta exceden los valores habitualmente encontrados en el hombre al punto de no ser compatibles con una producción endógena normal. Una muestra no es considerada positiva a una sustancia prohibida en todos los casos donde el atleta puede probar de modo evidente y concluyente que la concentración de la sustancia o de sus metabolitos y/o sus rastros en los tejidos o líquidos de su organismo es atribuible a un estado patológico o fisiológico. Para la determinación del origen exógeno de una sustancia prohibida, o de sus metabolitos, la evidencia puede ser obtenida a partir de sus perfiles metabólicos y/o de la medición de productos isotópicos (espectrometría de masa de isótopos estables). Primera Parte
I. Por ejemplo Esteroides andrógenos anabolizantes: androstenediol Como los compuestos química o farmacológicos emparentados y los precursores. II Otros agentes anabolizantes como por ejemplo: beta-2-agonistas # (por ejemplo: bambuterol, clenbuterol, reproterol). # Excepcionalmente los beta-2-agonistas sabutamol, formoterol, salmeterol o terbutalina son autorizados por inhalación cuando estas sustancias son prescriptas con finalidad terapéutica, por un médico debidamente calificado y cuando la Federación Nacional correspondiente o la IAAF ha dado su autorización (para el procedimiento de IAAF, ver capítulo 5, debajo). amineptina Gonadrotrofina chorionica (hCG human chorionic gonadotrophim, prohibida sólo en hombres): Es bien sabido que la administración a los hombres de esta y otros compuestos con actividad emparentada, produce el incremento de la producción de esteroides andrógenos endógenos, lo que se considera equivalente a la administración exógena de testosterona. Gonadotrofinas hipofesaires y sintéticas (LH- prohibida sólo para hombres). Corticotrofina (ACTH, tetracosactida): La corticotrofina ha sido usada de modo abusivo para aumentar los niveles sanguíneos de corticosteroides endógenos notablemente para obtener el efecto euforizante de los corticosteroides. La administración de corticotrofina es considerada equivalente a la administración oral, intramuscular o intravenosa de glucocorticosteroides (ver Parte I, (e), debajo) Hormona de crecimiento (hGH somatotrofina). El recurso de esta hormona en el deporte es considerado inmoral y peligroso en razón de los diversos efectos secundarios, por ejemplo, reacciones alérgicas, efectos diabetógenos y acromegalia cuando se la administra en fuertes dosis. Factor de crecimiento análogo a la insulina (IGF-1) Eritropoyetina (EPO): estimula la producción de glóbulos rojos. El control de EPO debe hacerse por doble toma de una muestra de sangre y una de orina del atleta concerniente. La muestra de sangre se toma para rastrear una posible administración de EPO y el test urinario positivo debe confirmar la presencia del EPO exógeno. Todas las otras proteínas que estimulan la eritropoiesis (por ejemplo NESP, Dymepo y otras) están también prohibidas. Insulina: Sólo está autorizada para tratar las diabetes insulino-dependientes, con un certificado médico de un endocrinólogo (por procedimiento de exención de IAAF, ver capitulo 5, arriba). La utilización sistemática de glucocorticosteroides está prohibida en administración oral, rectal o en inyección intravenosa o intramuscular. -Clorifenol, ciclofenil, tamoxifeno (prohibidos sólo para hombres) Segunda Parte
amifenazol Y los componentes química o farmacológicos emparentados.
alfaprodina Y los compuestos química o farmacológicos emparentados. * Para la morfina, un resultado es positivo cuando la concentración de morfina libre y conjugada en la orina excede 1 microgramo/ mililitro y que no haya detección simultánea de codeína (la morfina siendo un metabolito de la sustancia permitida, codeína). Tercera Parte Sustancias prohibidas para ser detectadas en controles fuera de competición:
ANEXO 1I Técnicas Prohibidas La expresión "técnicas prohibidas" comprende:
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